En segunda instancia, la sala I de la CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL declaró nula la patente AR002719B1 que protege al polimorfo II de la Olanzapina
fabiofcantafio.wordpress.com/ Para decidir así, la Sala I consideró la falta de novedad de la
patente concedida confrontada con el documento de patente norteamericana
US 5.229.382 (solicitada el 22 de mayo de 1992).
Como dato accesorio, el tribunal aplica en forma retroactiva una
norma, la resolución conjunta del Ministerio de Industria, Ministerio de
Salud e Instituto Nacional de la Propiedad Industrial nro. 118/2012,
546/2012 y 107/2012 (B.O. 8/05/12) que se aprueba las Pautas para el
examen de Patentabilidad de las solicitudes de Patentes sobre
invenciones Químico – Farmacéuticas.